Observatorio sobre la implementación de la LNSM

El pasado 18 de noviembre del 2016, tuvo lugar el 2do encuentro anual de la Red Nacional de Salud Mental Comunitaria y Derechos Humanos, el cual contó con la participación de miembros pertenecientes a distintas jurisdicciones de todo el país.

Esta jornada tuvo por objetivo compartir entre todos los presentes, lo que en cada una de las provincias se hizo en pos de la implementación de la Ley Nacional de Salud Mental (LNSM) tanto en cuanto a la creación de los órganos de revisión locales, así como también respecto a cuáles son las políticas públicas implementadas. Además se indagó sobre las diversas experiencias que desde la sociedad civil se vienen llevando a cabo en consonancia con la LNSM a nivel local.

El documento reúne información de diversa naturaleza por cuanto recopila los datos y aportes de todas las organizaciones de la Red de sus juridicciones.

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Desde la Red Nacional de Salud Mental Comunitaria y Derechos Humanos firmamos e invitamos sumarse a la campaña creada por la Multisectorial por la Discapacidad, ante la quita de las Pensiones No Contributivas por Discapacidad dependientes del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.

Para ver la petición hacer click en la imagen

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"Si vos o algún familiar o conocido tuyo tuvieron inconvenientes para gestionar y/o cobrar su pensión, llamanos de lunes a viernes de 10 a 18 al 0800-999-3722 o escribinos por mensaje privado en el mismo horario para poder asistirlos directamente."

Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires

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Compartimos la nota de Página 12

"Desarrollo Social canceló o suspendió 170 mil pensiones no contributivas desde que asumió Macri. La justificación es que sus titulares incumplían alguno de los requisitos. Es un cambio radical de la política hacia los más vulnerables."

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De manera conjunta, el Órgano de Revisión de la Ley Nacional de Salud Mental (ORN) y el Órgano de Revisión de Salud Mental de Buenos Aires, manifestaron que la posición del Colegio de Médicos ante los concursos de servicios de salud mental es contraria a la ley 26.657. Mediante resolución C.S. 192, ese cuerpo colegiado resolvió que los jurados de evaluación, “deberán impugnar la participación de profesionales psicólogos” o declararlo desierto en caso de que no concursen profesionales médicos.

El ORN y el ORL hacen saber que la ley 26.657 de Salud Mental basa su fundamento en los mayores estándares internacionales –incluidos como parte integrante de la ley en su artículo 2°- tales como los 21 principios de los enfermos mentales y el mejoramiento de la atención de la salud mental de la ONU, los Principios de Brasilia rectores para el desarrollo de la atención en salud mental de las Américas, la Declaración de Caracas de la OPS y de la OMS para la reestructuración de la atención psiquiátrica.

Estas declaraciones, que son parte del texto legal, representan un pasaje del modelo de atención psiquiátrica a un abordaje interdisciplinario y comunitario.

En este sentido, cabe recordar que el modelo de atención que impone la ley implica la participación irrestricta del equipo interdisciplinario en todos los niveles de atención (art. 13).

Por otra parte, el articulado de la Ley Nacional de Salud Mental, establece que los profesionales de salud mental con título de grado tienen igualdad de condiciones para ocupar cargos de dirección y gestión en todos los servicios e institucionales a los que refiere la ley.

Es por ello que el pronunciamiento efectuado por el Colegio de Médicos de la provincia de Buenos Aires resulta violatorio a la ley vigente, independientemente de la legitimidad con la que cuenta esa entidad en la defensa de sus colegiados. No obstante, el organismo debe respetar la legalidad del Estado argentino en materia de salud mental.

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Compartimos la publicación del Órgano de Revisión Nacional 

"De realizarse, la propuesta sería contraria a los postulados establecidos por la Ley 26.657 respecto del abordaje de las personas usuarias de servicios de salud mental y atentaría contra el principio de sustitución de instituciones monovalentes.

El Órgano de Revisión de la Ley Nacional de Salud Mental (ORN) manifiesta su preocupación ante la posible apertura de una sala destinada a personas privadas de su libertad en las ex unidades 20 y 27 de los hospitales Borda y Moyano. Por ello, y dadas las funciones que cumple el ORN, manifestará a las correspondientes autoridades las inquietudes que provoca el hecho de llevar adelante una iniciativa de estas características.

La propuesta de destinar nuevamente esos espacios a unidades carcelarias sería una medida regresiva que va en contra de los postulados establecidos por la Ley Nacional de Salud Mental y violaría los estándares internacionales. Por otra parte, cabe recordar que en 2011 se produjeron dos muertes en la U20 del Hospital Borda.

Asociar las instituciones monovalentes de salud mental a espacios de reclusión de personas en conflicto con la ley genera, por un lado, una profunda estigmatización de las personas usuarias de servicios de salud mental y, por otro, obstaculiza el abordaje de la salud mental desde una perspectiva comunitaria, con base en la reinserción social, con acompañamiento de familiares y referentes afectivos, y respetuosa de los derechos humanos de las personas con padecimiento mental."

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Compartimos la nota de la Comisión Provincial por la Memoria, la cual comunica la resolucion del juzgado de garantías N 6 de Lomas de Zamora, que ordena al Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires tomar las medidas necesarias para acondicionar el hospital José Esteves de acuerdo a parámetros de seguridad e higiene que respeten la integridad y dignidad de las personas allí alojadas.

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Compartimos el material desarrollado por ADESAM como aporte para acercar la Ley y el paradigma de derechos humanos en salud mental a la comunidad.

Es un material elaborado por Adesam en el marco del proyecto: “Violencia institucional: hacia la implementación de políticas de prevención en la Argentina”, ejecutado por: Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Asociación por los Derechos en Salud Mental (ADESAM), Asociación Pensamiento Penal (APP), Asociación para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos (Xumek). Colectivo de Acción Jurídica (CIAJ) y Coordinadora de Trabajo Carcelario (CTC) y financiado por la Unión Europea.

Los objetivos generales del proyecto fueron: contribuir a reforzar el papel de la sociedad civil en la protección de los derechos humanos y la promoción de políticas públicas democráticas e inclusivas; y fortalecer a los organismos estatales responsables por el diseño e implementación de políticas públicas con impacto sobre la prevención y sanción de la violencia.

Para acceder al texto completo, haga click aquí

Para conocer más sobre ADESAM:

Asociación por los Derechos en Salud Mental

El Órgano previsto en la Ley de Salud Mental tiene por objeto proteger y promover los Derechos Humanos de los usuarios de los servicios de salud mental. Su Presidencia, representación legal y coordinación ejecutiva estará a cargo del Defensor General de la Provincia Dr. Maximiliano Benítez.

        La Ley 10445, sancionada en el mes de octubre de 2016, adhiere a la Ley Nacional de Salud Mental Nº 26657, y dispone la creación del Órgano de Revisión para la provincia de Entre Ríos en el ámbito de la Defensoría General
Este Órgano de Revisión tiene por objeto proteger y promover los Derechos Humanos de los usuarios de los servicios de salud mental.
A estos fines la Ley plantea en su artículo 7º que dicho órgano es interdisciplinario y se encuentra integrado por: a) Un representante de la Dirección de Salud Mental del Ministerio de Salud del Gobierno de Entre Ríos; b) Un representante de la Secretaría de Justicia del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos; c) Un representante del Ministerio Público de la Defensa; d) Un representante de asociaciones de usuarios y/o familiares del sistema de salud con personería jurídica; e) Un representante de asociaciones de profesionales y otros trabajadores de la salud con personería jurídica; f) Un representante de organizaciones no gubernamentales abocadas a la defensa de los Derechos Humanos con persona jurídica.
Asimismo la Ley coloca en cabeza de la Defensoría General la Presidencia, representación legal y coordinación ejecutiva de este Órgano Provincial; a través de la organización de una Secretaría Ejecutiva, un equipo de apoyo técnico y otro administrativo.
En este marco, en el mes de noviembre del 2016, se llevó a cabo la primera reunión entre los 3 organismos involucrados donde se plantearon las líneas de acción a seguir a los fines de dar cumplimiento a la manda legal.
Durante la segunda reunión, realizada el dos de diciembre pasado, los organismos involucrados designaron a sus representantes ante el órgano de revisión.
Así el Secretario de Justicia, Dr. Martín Uranga mediante Resolución Nº 084 S.J., de fecha 02/12/2016, Resolvió: “ Designar como representantes de la Secretaría de Justicia ante el Órgano de Revisión Provincial de Salud Mental a la Coordinadora General de la Subsecretaría de Derechos Humanos, Dra. Sofía Uranga, como miembro titular, y al Subsecretario Legal y Técnico de la Secretaría de Justicia, Dr. Alejandro Roldán Olivera, como miembro suplente”.
Mientras que la Dirección de Salud Mental, en cabeza del Dr. Carlos Berbara por Disposición Nº 20 D.S.M., de fecha 01/12/2016, designó al Sr. Fabricio Cabrera, Técnico en Acompañamiento Terapéutico, como representante titular de la Dirección de Salud Mental y Adicciones, – MSGER- y a la Srta. María Fernanda Ferrando, psicóloga, Especialista en Salud Mental, como representante suplente de dicha Dirección.
En tanto el representante del Ministerio Público de la Defensa ante el Órgano de Revisión, en carácter de Titular, será el Sr. Defensor General de la Provincia Dr. Maximiliano Benítez, y en carácter de suplente la Dra. Lorena Calí.
En este contexto el Defensor General de la provincia, Dr. Maximiliano F. Benítez asumió el compromiso de gestionar por ante el Poder Ejecutivo las partidas necesarias para los cargos creados por esta ley en el artículo 10 (Secretario Ejecutivo, un abogado, un médico psiquiatra, un licenciado en psicología y un licenciado en Trabajo Social).
El viernes 10 de marzo pasado, en el edificio de Tribunales de Paraná, se realizó la primera reunión de trabajo con las Asociaciones de Profesionales con Personería Jurídica en el marco de lo dispuesto en el Art. 7 Inc. e) de la Ley 10445. En la misma se encontraban presentes representantes del Colegio de Psicólogos de Entre Ríos, del Colegio de Trabajadores Sociales, del Colegio de Psicopedagogos, del Circulo Médico, de la Asociación de Enfermería, y de la Asociación de Acompañantes Terapéuticos.
La próxima reunión con Asociaciones Profesionales y Gremiales está prevista para el próximo miércoles 22 de marzo, a las 10 hs, en el edificio de Tribunales de Paraná.

        Información SIC Nº 22/17 – 14 de marzo de 2017.

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